1 Aprobar
el PIR te da plaza fija. Este es uno de los comentarios más
escuchados y, efectivamente, es falso. Aprobar el examen del PIR con plaza para
hacer la residencia, te garantiza un periodo de formación como psicólogo
clínico durante 4 años. Al finalizarlo, conseguirás el título de Especialista
en Psicología Clínica, emitido por el Ministerio de Educación. Sin embargo, esto no te garantiza de ninguna
manera un “puesto fijo”, a este tipo de plazas se accede por oposición una vez
cuentes con el título de especialista.
2. La
residencia se puede compatibilizar otro trabajo. Pese a
ser otra de las cuestiones más preguntadas, la realidad es que el reglamento
establece claramente que el PIR no se podrá compatibilizar con ninguna otra
práctica pública o privada…¡incluso aunque no estén remuneradas! Eso sí, se
permite la realización de actividades formativas, estudios de máster y
doctorado.
3. Durante
el PIR se hacen guardias. Pese a que en algunos hospitales se
realizan guardias, durante la residencia como PIR lo que se realiza es un
periodo de “Atención continuada”, que raramente excede trabajar más allá de las
ocho de la tarde.
4. Necesitas
el PIR para poder trabajar en una clínica privada. Como se
explica en la página de la Asociación Nacional de Psicólogos Clínicos y
Residentes (ANPIR), el título de licenciado en Psicología habilita para el
ejercicio de la profesión, siendo la única restricción que este ejercicio se
corresponda con los conocimientos y competencias adquiridos en la licenciatura.
Por tanto, corresponde al licenciado en psicología determinar en el ejercicio de su
profesión la derivación de las personas atendidas al especialista en Psicología
Clínica, cuando así lo requiera la complejidad del caso, sus características y
particularidades concretas.
5.
Haber
hecho el PIR te permite trabajar en el extranjero. Este es
otro mito bastante frecuente y, posiblemente, el origen de la confusión nace
por la posibilidad que, durante la residencia, se ofrece para rotar en otros
países. En la conocida como “rotación de libre disposición” o “rotación
externa”, existe la posibilidad de trabajar durante unos meses (habitualmente 3
ó 4) en una unidad clínica del extranjero, pero también es posible hacerlo
dentro del país e incluso en la misma ciudad.
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